Nuestros clientes cuentan con el respaldo de un prestigioso bufete de abogados y asesores fiscales, expertos en operaciones inmobiliarias, fiscalidad nacional e internacional y planificación patrimonial.
Este apoyo permite estructurar las inversiones de manera eficiente, optimizando la tributación y asegurando que los impuestos se gestionen correctamente.
Para clientes internacionales, el bufete se encarga también de todos los controles legales necesarios, incluyendo la normativa de prevención de blanqueo de capitales y otras verificaciones (“due diligence”), garantizando que las operaciones se realicen sin riesgos ni bloqueos legales.
Además, los contratos y documentos legales pueden ser traducidos profesionalmente a cualquier idioma, facilitando la comprensión y seguridad para clientes de todas partes del mundo.
La primera reunión de orientación con el bufete es gratuita para nuestros clientes; cualquier servicio adicional se acuerda y factura directamente con el bufete.
Adquirir una propiedad de lujo en Madrid como comprador procedente de México, Venezuela o Miami implica navegar un marco legal y fiscal que, sin la guía adecuada, puede resultar complejo y lleno de dudas. Desde la obtención del NIE hasta la firma de escrituras ante notario, cada etapa requiere precisión documental, conocimiento de la normativa española y una planificación fiscal que proteja tu patrimonio. En Monteli Luxury Realty, nuestros clientes cuentan con el respaldo de un prestigioso bufete de abogados y asesores fiscales especializado en operaciones inmobiliarias internacionales, que garantiza que cada transacción se realice con plena seguridad jurídica y la máxima eficiencia tributaria posible. La primera reunión de orientación con el bufete es gratuita para todos nuestros clientes.
Nuestro servicio de asesoría legal y fiscal cubre de forma integral todos los aspectos jurídicos y tributarios que intervienen en la compra de un inmueble en Madrid por parte de un comprador extranjero no residente. El bufete con el que colaboramos tiene amplia trayectoria en transacciones inmobiliarias de alto valor y en la atención especializada a compradores de América Latina y Estados Unidos.
El servicio comprende la revisión jurídica completa de la propiedad y el contrato de compraventa, el asesoramiento sobre la estructura de compra más eficiente desde el punto de vista fiscal, la gestión de la representación notarial cuando el comprador no puede viajar a Madrid para la firma, y la coordinación con asesores fiscales en el país de origen para evitar la doble imposición.
Los contratos y documentos legales pueden ser traducidos profesionalmente al español neutro, inglés, francés u otros idiomas, garantizando que cada cláusula se comprenda con total precisión. La transparencia documental es una prioridad en cada operación que acompañamos.
La due diligence o verificación legal es uno de los pasos más críticos en cualquier compra inmobiliaria, especialmente cuando el comprador se encuentra fuera de España y no tiene acceso directo a las instituciones registrales y administrativas madrileñas. Nuestros abogados realizan una revisión exhaustiva de cada propiedad antes de que el cliente firme cualquier compromiso de compra.
Esta verificación incluye la consulta de la nota simple del Registro de la Propiedad, que confirma la titularidad real del inmueble y la existencia o no de cargas hipotecarias, embargos, servidumbres u otros gravámenes. También se revisa el certificado de estar al corriente de pagos de la comunidad de propietarios, ya que en España las deudas comunitarias pueden transferirse al nuevo propietario si no se detectan a tiempo.
Se verifica además que todos los permisos de construcción y licencias urbanísticas están en orden, especialmente si el inmueble ha sido objeto de reformas recientes. En edificios protegidos, se confirma que las intervenciones cuentan con las autorizaciones de las autoridades patrimoniales de Madrid.
La normativa española de prevención de blanqueo de capitales exige un proceso de verificación de identidad del comprador y del origen lícito de los fondos. Nuestro bufete gestiona todos los controles legales necesarios, garantizando que la operación se realice sin bloqueos ni retrasos por incumplimiento de la normativa AML, que es de especial relevancia en transacciones de alto valor con compradores internacionales.
La fiscalidad inmobiliaria en España puede resultar compleja para compradores internacionales no familiarizados con el sistema tributario español. Sin embargo, Madrid ofrece condiciones fiscales favorables que, con la planificación adecuada, permiten optimizar la carga tributaria de la operación.
Al comprar un inmueble de segunda mano en Madrid, el principal tributo es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que en la Comunidad de Madrid se aplica al tipo del 6% sobre el valor escriturado. Este porcentaje es uno de los más bajos de España, donde otras comunidades autónomas aplican tipos de hasta el 10%. Para inmuebles de obra nueva, se paga IVA (10%) más el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (0,75% en Madrid).
A estos impuestos se suman los gastos notariales y de inscripción registral, que típicamente representan entre un 1% y un 2% del valor de la compra, más los honorarios de abogado y asesor fiscal. El coste adicional total al precio de compra para un no residente suele oscilar entre el 8% y el 12%, dependiendo de si el inmueble es nuevo o de segunda mano y de si se financia con hipoteca.
Una vez propietario, si no estableces tu residencia fiscal en España, tendrás obligaciones tributarias anuales en concepto del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Este impuesto se aplica tanto sobre la renta imputada de la propiedad si no la alquilas, como sobre los ingresos netos de alquiler si la alquilas. La tasa aplicable es del 19% para residentes en países de la UE o con convenio vigente, y del 24% para otros países. Nuestros asesores fiscales te explican en detalle tus obligaciones según tu país de residencia.
Para inversores procedentes de México, Venezuela o Miami, la planificación patrimonial previa a la compra es fundamental para estructurar la inversión de manera eficiente y proteger el patrimonio familiar a largo plazo. Dependiendo del perfil del inversor, su situación fiscal en el país de origen y sus objetivos, puede resultar más conveniente adquirir el inmueble a título personal, a través de una sociedad española o mediante una estructura societaria internacional.
La compra a título personal es la opción más sencilla administrativamente y puede ser la más adecuada para inmuebles destinados al uso propio o al alquiler de largo plazo. Sin embargo, en casos de inversores con alto patrimonio o cuando se prevé una transmisión hereditaria futura, puede ser más eficiente estructurar la adquisición a través de una sociedad, lo que permite una planificación sucesoria más flexible y potencialmente ventajosa desde el punto de vista fiscal.
Nuestros asesores analizan cada caso de forma individual, considerando la situación fiscal del comprador en España y en su país de origen, los convenios de doble imposición aplicables, y los objetivos a medio y largo plazo de la inversión. El objetivo es diseñar una estructura que minimice la carga fiscal total de la operación —en el momento de la compra, durante la tenencia y en una eventual venta futura— sin perder de vista las obligaciones de cumplimiento normativo en ambas jurisdicciones.
España tiene suscritos convenios de doble imposición con México, Venezuela y Estados Unidos, entre otros países. Estos acuerdos son fundamentales para los inversores internacionales porque evitan que los mismos rendimientos o ganancias sean gravados dos veces: una en España y otra en el país de residencia del inversor.
En el caso de México, el convenio establece mecanismos para que las rentas inmobiliarias y las ganancias patrimoniales generadas en España puedan reconocerse en México con deducciones por el impuesto ya pagado en España. Algo similar ocurre con el convenio España-Venezuela, aunque las circunstancias específicas de cada contribuyente deben analizarse individualmente dado el contexto fiscal venezolano actual.
Para inversores desde Miami y EE.UU. en general, el convenio España-EE.UU. permite una planificación fiscal eficiente que considera tanto las obligaciones en España como las declaraciones de bienes en el extranjero exigidas por la normativa norteamericana (FBAR, FATCA). La coordinación entre asesores en ambas jurisdicciones es esencial para el pleno cumplimiento normativo.
El NIE (Número de Identificación de Extranjero) es el requisito previo e imprescindible para cualquier transacción inmobiliaria en España. Sin él, no es posible firmar escrituras ante notario, inscribir la propiedad en el Registro ni abrir una cuenta bancaria española. Por ello, es uno de los primeros trámites que gestionamos para nuestros clientes internacionales.
El NIE puede obtenerse en el consulado español del país de residencia del comprador o directamente en España en las Oficinas de Extranjería o en determinadas comisarías de policía. El proceso suele tomar entre una y cuatro semanas según el punto de solicitud. Si tu calendario de compra es ajustado, recomendamos iniciarlo en paralelo con la búsqueda de propiedades.
En cuanto a la cuenta bancaria, la mayoría de los bancos españoles permiten a extranjeros no residentes abrir cuentas específicas, aunque el proceso requiere documentación adicional: justificante de domicilio en el extranjero, pasaporte, NIE y, en algunos casos, documentación sobre el origen de los fondos. Nuestro equipo te orienta sobre qué entidades tienen mayor experiencia en la atención a clientes de América Latina y facilitan más el proceso.
No es legalmente obligatorio, pero es altamente recomendable, especialmente para compradores extranjeros. Un abogado independiente protege tus intereses, verifica la situación legal de la propiedad y revisa los contratos antes de la firma. En Monteli facilitamos el acceso al bufete colaborador, cuya primera consulta de orientación es gratuita para todos nuestros clientes.
Los honorarios del bufete se acuerdan y facturan directamente entre el cliente y el despacho, de forma independiente a los servicios de Monteli Luxury Realty. La primera reunión de orientación es siempre gratuita. El importe depende de la complejidad de la operación, la estructura de compra elegida y los servicios específicos requeridos por cada caso.
Sí. La solicitud del NIE puede tramitarse en el consulado español de tu país de residencia, lo que es la opción más conveniente si no tienes previsto viajar a España próximamente. Los requisitos pueden variar según el consulado, por lo que recomendamos verificar la información actualizada directamente con la oficina consular española de tu ciudad.
El principal impuesto es el ITP (6% en Madrid para segunda mano) o IVA + IAJD para obra nueva. Una vez propietario, tributarás anualmente el IRNR por la renta imputada o real de la propiedad. Nuestros asesores fiscales te explican en detalle tus obligaciones según tu situación particular y país de residencia.
El Impuesto sobre la Renta de No Residentes grava los ingresos o rentas que los no residentes obtienen en España. Como propietario no residente en Madrid, deberás presentar una declaración anual del IRNR, independientemente de si alquilas o no la propiedad. Si la alquilas, tributas sobre los ingresos netos; si no, sobre una renta imputada calculada sobre el valor catastral. La gestión puede realizarla íntegramente el bufete.
¿Quieres asegurarte de que cada paso legal y fiscal de tu compra en Madrid está perfectamente gestionado? Contáctanos y coordinamos una primera reunión gratuita de orientación con nuestro bufete especializado. Llámanos al 684 605 001 o escríbenos a info@monteliluxuryrealty.com.